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Bancos critican sanción a quienes no identifiquen dueños
El Banco Central (BCU), la Asociación de Bancos Privados (ABPU) y el Instituto de Derecho Comercial de la Universidad de la República, cuestionaron algunos aspectos del proyecto de ley que obliga a los propietarios de títulos al portador a identificarse.
El director ejecutivo de la ABPU, Julio de Brun dijo el miércoles ante la Comisión de Hacienda de Diputados que algunos aspectos de la iniciativa "inquietan, preocupan, agravian e inclusive ofenden a las instituciones que yo represento", según la versión taquigráfica de la reunión a la que accedió El País.
De Brun fue crítico con el artículo 11 del proyecto que establece sanciones para las sociedades al portador que no cumplan con identificar a los propietarios de sus títulos. Una de esas sanciones es "la imposibilidad de realizar cualquier tipo de operación en el sistema financiero nacional".
"Realmente es una incógnita saber qué es lo que pretendía quien redactó este artículo, porque la imposibilidad de realizar cualquier tipo de operación con el sistema financiero, entre otras cosas, es una sanción para los bancos, no para la empresa", espetó.
"Este artículo, tal como está redactado, inhibe a una empresa que incumple con la obligación establecida en este proyecto de ley a pagar los créditos que tenga con el sistema financiero", criticó De Brun. Puso además otro ejemplo: si "los sueldos de la empresa se están pagando a través del sistema financiero, este artículo, desde el momento en que está incumpliendo con esta obligación, la inhibiría a seguir pagando los sueldos".
El director ejecutivo de la ABPU, afirmó que "si la intención de este artículo es limitar la capacidad de la empresa a solicitar créditos, mi sugerencia es que no (se) escriba nada, pues con la normativa existente alcanza" para limitarla.
Por otro lado fustigó el artículo 19 que establece que "no serán oponibles a la DGI las disposiciones sobre secreto profesional establecidas por remisión al artículo 25 del Decreto-Ley Nº 15.322, de 17 de septiembre de 1982".
"En otros términos, este artículo, en un contexto totalmente ajeno, borra de un plumazo el secreto bancario en lo que tiene que ver con su oposición a la Dirección General Impositiva", aseguró.
"Lo que se transmite es que uno no sabe muy bien lo que se quiere en Uruguay en materia de secreto bancario; es realmente complicado explicar a un cliente cómo se respeta su derecho a la intimidad en Uruguay cuando hay una ley que fue aprobada hace un año", agregó en referencia a la norma que dio a la DGI la posibilidad de solicitar ante la Justicia el levantamiento del secreto bancario. Con la redacción del proyecto eso ya no sería necesario.
Sin embargo, el diputado frenteamplista Alfredo Asti rechazó que "sea una travesura" y enfatizó que está referido a que la DGI pueda acceder a los datos de "las entidades que llevan registros, como la Bolsa de Valores, que pueden ir registrando todas las acciones y títulos escriturales".
Por otro lado, el director del Instituto de Derecho Comercial, Ricardo Olivera García, expresó ante la comisión que el proyecto "sin decirlo, elimina el régimen de las acciones al portador" y que da un "estímulo" para que las sociedades al portador se transformen en sociedades nominativas.
"Si acá existe un estímulo de transformación de las 100.000 sociedades por acciones al portador (que estimamos existen) en acciones nominativas, vamos a tener un auténtico alud de reformas que me animo a pensar que el sistema, tal como está planteado, va a tener dificultades en procesar", criticó. Sugirió pensar mejor ese aspecto.
En tanto, el presidente del BCU, Mario Bergara afirmó que la entidad "ve con muy buenos ojos" el proyecto pero el mismo le genera algunas dudas "operativas". El registro de accionistas al portador lo lleva el BCU, pero a juicio de éste no es claro quién sanciona los incumplimientos.
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