CAP�TULO I - DEL JURADO DEL CONCURSO OFICIAL
Art�culo 1�
El jurado que dictaminar� en el Concurso de Agrupaciones estar� integrado por un (1) Presidente, cinco (5) Jurados Titulares, dos (2) Jurados Alternos y un funcionario administrativo, el cual oficiar� de Secretario del cuerpo, designados por la Intendencia Municipal de Montevideo. La Divisi�n Turismo y Recreaci�n podr� designar un Asesor Jur�dico que asistir� t�cnicamente al Presidente y al Jurado en la aplicaci�n del Reglamento. Se le considerar� un miembro del Jurado a todos los efectos y sustituir� al Presidente en caso de ausencia o imposibilidad transitoria.
Art�culo 2�
El Presidente, al igual que los dem�s miembros del Jurado, deber� tener amplios conocimientos sobre Carnaval, y no podr� haber estado vinculado a esta actividad ni como Director de Conjunto ni como Empresario de Escenario Carnavalesco en los tres (3) �ltimos a�os. Tendr� como cometido:
a) ordenar y fiscalizar el trabajo del Jurado
b) hacer cumplir el reglamento del Concurso Oficial en todos sus t�rminos
c) ser responsable de la comunicaci�n del Jurado con los diferentes conjuntos participantes, as� como con la Prensa, dado que los dem�s integrantes del Jurado se abstendr�n de efectuar declaraciones durante la extensi�n del Concurso.
d) participar, conjuntamente con Directores Asociados de Espect�culos Carnavalescos Populares del Uruguay, en adelante D.A.E.C.P.U., en la programaci�n del calendario de las diferentes etapas
e) disponer los procedimientos que aseguren el correcto funcionamiento del sistema utilizado y la realizaci�n de los escrutinios correspondientes
En ning�n caso el Presidente podr� calificar ni otorgar puntajes.
En caso de ausencia, ser� sustituido por el Asesor Jur�dico (en caso de que haya sido designado) o uno de los Jurados Alternos y en caso de ausencia de un Jurado Titular, el Presidente designar� un Jurado Alterno para que lo sustituya.
Art�culo 3�
Los Jurados calificar�n en los siguientes rubros:
JURADO N� 1 - VOCES, ARREGLOS CORALES Y MUSICALIDAD
- Este Jurado entender� en todo lo que hace a la parte musical de cada conjunto.
JURADO N� 2 - ALEGR�A DE CONJUNTO, COMICIDAD Y COMUNICACI�N �
Este Jurado entender� sobre el dinamismo, la simpat�a, la apuesta al humor y la convocatoria a la risa o a la sonrisa en los espect�culos de los diferentes conjuntos, as� como la respuesta del p�blico a estas propuestas.
JURADO N� 3 - TEXTOS E INTERPRETACI�N -
Este Jurado considerar� los valores literarios de todos los textos utilizados por los diferentes conjuntos, ajust�ndose estos a las definiciones de cada categor�a, donde prevalecer� la sutileza, la picard�a y el doble sentido por sobre lo grosero y lo soez. Asimismo tendr� en cuenta la calidad interpretativa grupal, basada en la originalidad y creatividad, donde los destaques individuales est�n al servicio del espect�culo.
JURADO N� 4 - MOVIMIENTO ESC�NICO, COREOGRAF�A, BAILES Y PUESTA EN ESCENA -
Este Jurado calificar� bas�ndose en la originalidad y creatividad, siendo v�lidos todos los estilos, prevaleciendo el trabajo grupal y respetando las exigencias de cada Categor�a.
JURADO N� 5 - VESTUARIO, MAQUILLAJE Y ESCENOGRAF�A
- Este Jurado entender� sobre todo lo que hace al espect�culo a lo especificado en el rubro, donde se destacar� la creatividad y el ingenio, junto al brillo y al colorido del Carnaval.
Todos los Jurados calificar�n, adem�s de su rubro respectivo, el concepto: VISI�N GLOBAL DEL ESPECT�CULO solamente en la Segunda Rueda y Liguilla del Concurso Oficial, otorgando cada Jurado una calificaci�n de entre uno (1) y seis (6) puntos a cada conjunto concursante en la Segunda Rueda y entre uno (1) y nueve (9) puntos en la Liguilla.
CAP�TULO II - DEL CONTROL DE LOS REPERTORIOS
Art�culo 4�
El Concurso Oficial, al igual que todos los espect�culos carnavalescos, se regir�n por las normas legales vigentes respecto de la libertad de expresi�n del pensamiento.
Art�culo 5�
Los conjuntos deben presentar su repertorio en el momento de la inscripci�n en la forma que determine la Divisi�n Turismo y Recreaci�n. Podr�n efectuar modificaciones en el presentado en el momento de la inscripci�n, hasta las setenta y dos (72) horas previas al comienzo de su actuaci�n en la Primera Rueda del Concurso, siempre que las mismas no cambien sustancialmente el contenido de los textos oportunamente inscriptos. Dichas modificaciones deber�n ser debidamente presentadas al Presidente del Jurado. La estructura del espect�culo presentado por cada conjunto en la Primera Rueda, deber� repetirse durante la Segunda Rueda y la Liguilla del Concurso. Las "mechas" introducidas en el repertorio, a�n cuando no hayan sido presentadas dentro de los plazos establecidos, en la medida que no modifiquen sustancialmente el mismo y su extensi�n no altere el desarrollo del argumento, ser�n v�lidas, siempre que tengan por objetivo "enriquecer" la actuaci�n, quedando a criterio del Jurado en su conjunto, la admisibilidad de dichas modificaciones.
CAP�TULO III - DEL CONCURSO OFICIAL
Art�culo 6�
El Concurso Oficial comenzar� con el Desfile inaugural y finalizar� con la entrega de premios y menciones y se compondr� de tres (3) Ruedas: una Primera Rueda (eliminatoria); otra Segunda Rueda y una Tercera, Liguilla, a la que acceder�n los conjuntos de todas las categor�as que hayan sumado mayor puntaje en las dos primeras Ruedas, en funci�n del n�mero de conjuntos en cada categor�a.
Art�culo 7�
D.A.E.C.P.U. designar� un representante que oficiar� de Delegado entre los Directores Responsables de los conjuntos concursantes y el Presidente del Jurado, con el �nico fin de establecer los contactos que sean necesarios entre las partes, as� como un Coordinador que colaborar� en todo a lo concerniente al espect�culo propiamente dicho, a los efectos de facilitar la agilidad y continuidad del mismo.
Art�culo 8�
Previo al comienzo del Concurso Oficial, a cada uno de los integrantes del Jurado les ser� asignada una "clave" de acceso al Sistema Inform�tico desarrollado para brindar soporte a las actividades carnavalescas. Esta clave de car�cter secreto, personal e intransferible, podr� ser modificada en cualquier momento por el usuario al que fue asignada, quien mediante la misma otorgar�, una vez finalizada la actuaci�n de cada conjunto concursante, el puntaje que le mereciera el mismo.
Este puntaje deber� ser confirmado o ratificado por el Jurado, mediante el uso de su clave y el sistema emitir� la boleta correspondiente para ser depositada en la urna, con las garant�as de custodia correspondientes. La informaci�n quedar� almacenada en una base de datos instalada en un servidor en la Intendencia Municipal de Montevideo, garantizando la confidencialidad y acceso restringido a los datos, de acuerdo a las reglas de administraci�n de usuarios definidas. Al t�rmino de la actuaci�n de los conjuntos concursantes, el funcionario administrativo del Jurado entregar� a cada Jurado el sobre respectivo en el que constar� el nombre del conjunto calificado, fecha de actuaci�n, n�mero de Etapa y de Rueda correspondiente e identificaci�n del Jurado calificador, que este firmar� debidamente.
Acto seguido, los cinco (5) sobres ser�n entregados al Presidente del Jurado el que los depositar� dentro de otro de mayor tama�o, el que firmar� conjuntamente con el Secretario administrativo actuante, estableci�ndose en la cubierta del mismo, los datos de identificaci�n correspondiente. Dichos sobres ser�n guardados con total garant�a en una urna especial habilitada al efecto y s�lo podr�n ser abiertos al finalizar el Concurso Oficial.
Al concluir cada Etapa se entregar� al representante de D.A.E.C.P.U. un acta conteniendo la integraci�n del Jurado actuante en esa Etapa, n�mina de los conjuntos que participaron, horario de comienzo y finalizaci�n de cada una de las actuaciones, y las sanciones y/u observaciones si las hubiere.
Art�culo 9�
El Presidente del Jurado, tendr� su "clave" personal, secreta e intransferible, con la que deber�:
a) ingresar, una vez aplicadas, las sanciones que signifiquen descuentos de puntaje, para el descuento del puntaje final del conjunto al t�rmino de cada Rueda
b) emitir los listados correspondientes a los conjuntos que pasan a la Segunda Rueda
c) emitir los listados correspondientes a los conjuntos que clasifiquen para la Liguilla.
Art�culo 10�
Durante el desarrollo de la Primera Rueda, cada Jurado deber� dejar establecido, dentro de la misma boleta digitada, si el conjunto calificado pasa o no a la Segunda Rueda, lo que resultar� de su valoraci�n general del conjunto y no del concepto de su rubro particular.
Art�culo 11�
Al t�rmino de la Segunda Rueda, los conjuntos que clasificaron para la Liguilla se conocer�n de un listado emitido por el Sistema Inform�tico, autorizado por el Presidente del Jurado en instancia p�blica de la que participar� el Delegado de D.A.E.C.P.U.
Este listado ser� emitido en orden alfab�tico de conjuntos y en ning�n caso se conocer�n los puntajes con los que accedieron a esta Liguilla ni los puntajes de aquellos que no clasificaron para la Liguilla. En caso de empate de dos o m�s conjuntos en el �ltimo puesto habilitante para la Liguilla, pasar�n a esta todos los conjuntos que igualaran en puntaje en esa colocaci�n.
Art�culo 12�
Los campos tanto de especificaci�n de puntaje, como de pasaje o no a la Segunda Rueda, ser�n obligatorios y en caso de no ajustarse lo digitado por un Jurado a los guarismos m�nimos y m�ximos establecidos para ese rubro y en esa categor�a, ser�n rechazados por la computadora y no se emitir� boleta de votaci�n, debiendo el Jurado repetir el procedimiento hasta digitado de modo correcto.
Art�culo 13�
A la finalizaci�n del Concurso Oficial de Agrupaciones, inmediatamente de concluida la �ltima Etapa del mismo, el Jurado, conjuntamente con los funcionarios que la Divisi�n Turismo y Recreaci�n designe al efecto, tres (3) representantes de D.A.E.C.P.U. y un Escribano Municipal, que labrar� el Acta respectiva, se reunir�n a efectos de emitir el Fallo, en presencia de la Prensa (oral, escrita y televisiva) debidamente acreditada, la cual podr� trasmitir en directo el desarrollo del escrutinio. De inmediato, el Presidente del Jurado, asistido por los Secretarios administrativos actuantes, proceder� a la apertura de la urna y contar� los sobres, clasific�ndolos por categor�a y nombre del conjunto.
Acto seguido, se proceder� a la apertura de los sobres, de uno por vez, contabiliz�ndose de inmediato lo dictaminado por cada Jurado, en planillado de clasificaci�n que a tales efectos proporcionar� la Divisi�n Turismo y Recreaci�n.
Las boletas de clasificaci�n, fiscalizadas y contabilizadas, ser�n guardadas sin sufrir alteraci�n de ninguna �ndole, a efectos de un posible contralor posterior.
El resultado final ser� el producto de la sumatoria de las tres ruedas (primera, segunda y liguilla).
Art�culo 14� La escala de Premios a adjudicarse en cada categor�a, as� como los montos porcentuales de cada una de ellas, ser�n fijados previamente por D.A.E.C.P.U. y se abonar�n con lo recaudado, por todo concepto, deducido los gastos, en los espect�culos del Concurso Oficial.
Los conjuntos participantes del Concurso Oficial que no pasen a la Segunda Rueda, no tendr�n derecho las retribuciones econ�micas establecidas en el presente Art�culo.
Los montos correspondientes a los premios que se declaren desiertos, se distribuir�n de la siguiente manera: un cincuenta por ciento (50%) dentro de la categor�a correspondiente, y el restante cincuenta por ciento (50%) en las dem�s categor�as.
Art�culo 15�
En caso de empate en alguno de los premios en disputa, se sumar� el importe del premio empatado o empatados y el posterior o posteriores, dividi�ndose entre los conjuntos en igualdad de puntaje.
Los conjuntos participantes en la Liguilla recibir�n como compensaci�n especial, el cincuenta por ciento (50%) de la recaudaci�n l�quida de la misma.
Art�culo 16�
El Jurado podr� otorgar Menciones Especiales, para componentes y t�cnicos destacados en las distintas categor�as, las que pueden ser individuales o colectivas.
Estas menciones no tendr�n contenido econ�mico y se se�alar�n mediante la entrega de objetos art�sticos.
Art�culo 17�
Los espect�culos del Concurso Oficial podr�n ser suspendidos por los Administradores del Certamen, por mal tiempo u otras razones de fuerza mayor, con una hora de anterioridad, como m�nimo, con relaci�n a la hora fijada como iniciaci�n de los mismos. A partir de ese momento y por causas similares a las establecidas, solamente el Presidente del Jurado est� facultado para suspenderlo total o parcialmente.
Las Etapas suspendidas pasan al final de la Rueda correspondiente.
CAP�TULO IV - DE LA ACTUACI�N EN DESFILES Y ESCENARIOS
Art�culo 18�
La Divisi�n Turismo y Recreaci�n, de com�n acuerdo con D.A.E.C.P.U. podr� autorizar la integraci�n de otras atracciones que se consideren de inter�s para mayor brillo del espect�culo.
Art�culo 19�
No se permitir� la participaci�n en ninguna clase de presentaci�n, de menores de edad que no posean el correspondiente permiso del Instituto Nacional del Menor (I.NA.ME.).
Art�culo 20�
En su presentaci�n en los escenarios, los conjuntos deber�n actuar en las condiciones, que a tales efectos, se indica en la reglamentaci�n respectiva.
Art�culo 21�
Los integrantes inscriptos, cualquiera sea la categor�a, deber�n participar en el ochenta por ciento (80%), como m�nimo, de las actuaciones del conjunto en los distintos escenarios, no permiti�ndose, bajo ning�n concepto, la inscripci�n de componentes para actuar �nica y exclusivamente en los espect�culos del Concurso Oficial. Se establece, adem�s, que en beneficio de la mayor brillantez de los espect�culos, se exonera de esta disposici�n a los conjuntos que revistan en la categor�a Sociedad de Negros y Lubolos, en lo que tiene que ver con tamborileros, portabanderas y porta estandartes, pero de ninguna manera en cuanto a sus primeras figuras como ser: vedettes, cantantes, bailarinas y bailarines, escoberos, gramilleros o mamas viejas.
�nicamente se podr�n autorizar modificaciones, en caso de enfermedad del componente titular de una agrupaci�n u otras razones de fuerza mayor debidamente comprobadas.
En todos los casos el Director responsable deber� elevar una solicitud en tal sentido, presentando la documentaci�n y/o certificados que acrediten la veracidad del hecho.
Cuando se trate de enfermedad, la Divisi�n Turismo y Recreaci�n podr� requerir que el Servicio M�dico Municipal constate si el componente que se solicita cambiar est� o no en condiciones de actuar.
Art�culo 22�
De constatarse infracciones a lo dispuesto en esos Art�culos, se aplicar�n las sanciones que correspondan, que podr�n llegar a la descalificaci�n del conjunto infractor. Las actuaciones se substanciar�n con denuncias del Servicio Central de Inspecci�n General a la Divisi�n Turismo y Recreaci�n, la que adoptar� las medidas que estime oportunas, de acuerdo a las circunstancias, en forma fundada y previa vista al Director del conjunto con plazo de 24 horas.
CAP�TULO V - DE LAS ACTUACIONES EN EL CONCURSO OFICIAL
Art�culo 23�
Los conjuntos que participen del Concurso Oficial de Agrupaciones, no podr�n participar, hasta que se emita el Fallo de este Certamen, en otros concursos dentro o fuera del Departamento.
Art�culo 24�
El Concurso Oficial se realizar� en el local que se determine oportunamente, cumpli�ndose en tres (3) Etapas, de acuerdo al siguiente detalle:
A - Primera Rueda En esta Rueda tomar�n parte los conjuntos que lograron clasificarse dentro de la escala de premios prevista para cada categor�a en el Concurso Oficial realizado el a�o inmediato anterior y aquellos que hayan sido aprobados por el Jurado de Admisi�n en la Prueba correspondiente al presente Carnaval.
B - Segunda Rueda Esta Rueda se llevar� a cabo con la participaci�n de los conjuntos que, de acuerdo a lo previsto en el presente Reglamento hayan sido seleccionados por el Jurado.
C - Liguilla Tomar�n parte de la Liguilla los conjuntos que de acuerdo a lo dictaminado por el Jurado hayan obtenido los tres (3) primeros lugares en las categor�as: Revistas, Parodistas, Humoristas, los cuatro (4) primeros lugares en la categor�a Sociedad de Negros y Lubolos y los once (11) primeros lugares en la categor�a Murgas.
En caso de empate en el puntaje del �ltimo puesto habilitante para acceder a esta Liguilla (por ejemplo: en el once (11) puesto de Murgas, en el tercer puesto de Parodistas o Humoristas o en el cuarto puesto de Sociedad de Negros y Lubolos, etc.), pasar�n a la Liguilla los conjuntos que hubieran igualado sus puntajes en esta colocaci�n. Si empataran dos o m�s conjuntos en una colocaci�n anterior acceder�n los conjuntos igualados en puntaje y manteniendo los cupos establecidos en el presente Art�culo, perder�n su acceso los conjuntos clasificados en el once (11) puesto de Murgas, tercero de Revistas o Humoristas, etc., pues no clasifican puestos de colocaci�n sino n�mero de conjuntos: los tres (3) primeros, los once (11) primeros, etc.
Art�culo 25�
Las agrupaciones est�n obligadas a participar de los espect�culos del Concurso Oficial, toda vez que sean citadas por resoluci�n del Jurado. De no hacerlo quedar�n autom�ticamente eliminadas del Concurso Oficial.
Art�culo 26�
De cada Etapa del Concurso Oficial se har� un listado de la programaci�n, para conocimiento de los Directores Responsables de los conjuntos, sin perjuicio de que se les cite, por parte de DAECPU, a cada uno en forma individual y por escrito, indic�ndose d�a y hora en que deber�n estar presentes en el local en que se desarrolle la misma.
Esta convocatoria se realizar� con no menos de veinticuatro (24) horas de anticipaci�n, con relaci�n a la fecha en que deban actuar.
En caso de llegada tarde con relaci�n a la hora fijada en la citaci�n, el Jurado aplicar� las penas previstas, por tal causa, en el CAP�TULO correspondiente a sanciones.
A efectos de acreditar la hora de llegada de los conjuntos, con la totalidad de sus integrantes, al local donde se realice el Concurso Oficial, el Director Responsable de cada agrupaci�n deber� firmar el registro que a tal efecto se establezca, en presencia del funcionario administrativo que el Jurado o la Divisi�n Turismo y Recreaci�n designe a tal fin.
Art�culo 27�
Si
alguna Etapa se suspende por mal tiempo o motivo de fuerza mayor, esta suspensi�n no debe alterar el resto de la programaci�n, traslad�ndose la Etapa o Etapas suspendidas para el final de la Rueda en disputa. De tal resoluci�n se deber� dar cuenta a los interesados, comunicando por escrito la nueva fecha de actuaci�n.
Art�culo 28�
En todas sus presentaciones los conjuntos deber�n actuar haciendo uso �nicamente de los repertorios presentados oportunamente. Tampoco se podr� modificar la integraci�n de los conjuntos, debiendo realizar sus presentaciones con los integrantes registrados ante la Divisi�n Turismo y Recreaci�n en el momento de la inscripci�n, salvo en los casos previstos por el Art�culo 21�.
Art�culo 29�
En caso de que el Concurso Oficial se lleve a cabo en el Teatro Municipal de Verano "Ram�n Collazo", la Intendencia Municipal de Montevideo y D.A.E.C.P.U. suscribir�n, por separado y de com�n acuerdo, un Convenio en el que establecer�n las condiciones correspondientes.
CAP�TULO VI - DE LAS SANCIONES
Art�culo 30�
Las agrupaciones pueden ser sancionadas por la Divisi�n Turismo y Recreaci�n, o por el Jurado, en lo que a cada uno de ellos compete. Estas medidas se aplicar�n a trav�s de descuentos de puntajes, sanciones econ�micas o bien mediante el retiro temporal o definitivo del permiso de salida, ya sea para actuaciones en los Desfiles Oficiales o en los espect�culos del Concurso Oficial.
Cuando se apliquen sanciones econ�micas, D.A.E.C.P.U. deber� descontar los montos que correspondan en cada caso y lo destinar� al fondo de carnaval del pr�ximo a�o.
Art�culo 31�
El Jurado podr� aplicar sanciones econ�micas, en forma fundada y en los siguientes casos:
a) No ajustarse al repertorio oportunamente registrado, en forma que distorsione pasajes fundamentales del mensaje de la obra respectiva.
b) Incluir entre sus integrantes a quienes no estuvieren debidamente registrados en las oportunidades reglamentarias.
c) Realizar propaganda comercial o pol�tico partidaria, en cualquier forma. En cuanto a la propaganda comercial se except�a la emisi�n verbal del presentador sobre las firmas patrocinantes del espect�culo. En materia de propaganda escrita solo se admitir� la exhibici�n en un costado del escenario de anuncios que podr�n ser luminosos y no exceder�n de las siguientes dimensiones: 0.50m x 0.80 m.
d) Efectuar la quema de fuegos de artificio no fr�os dentro del recinto del Teatro de Verano, durante sus actuaciones en el Concurso Oficial. Si se pretendiera la quema de fuegos de artificios como parte del espect�culo, para ser utilizados fuera del recinto del teatro, deber� anunciarse previamente y presentarse conjuntamente las autorizaciones del Cuerpo de Bomberos y el Servicio de Material y Armamento y toda otra autorizaci�n que pueda imponerse en el futuro.
e) Incluir en su reporte de artistas, a menores de edad, que no estuvieren debidamente autorizados de acuerdo a la legislaci�n en la materia.
f) Utilizar s�mbolos patrios y/u oficiales.
g) Realizar alusiones o referencias agraviantes hacia s�mbolos patrios, oficiales, religiosos o �tnicos.
h) Ingresar al recinto del Jurado durante el desarrollo del espect�culo respectivo.
i) Utilizar animales vivos que a juicio del Jurado pongan en peligro el desarrollo del espect�culo o la seguridad del p�blico. El conjunto que pretenda tal utilizaci�n deber� consultarlo previamente pudiendo exigirse la consulta y la autorizaci�n por escrito.
j) Arrojar globos, pelotas y cualquier objeto desde el escenario hacia la platea, como parte del espect�culo.
Art�culo 32�
En caso de retraso en la hora de presentaci�n, se aplicar�n por el Jurado sanciones econ�micas de acuerdo al siguiente r�gimen:
a) hasta un m�ximo de quince (15) minutos tarde con relaci�n a la hora fijada en la citaci�n, se aplicar� una multa equivalente al cinco por ciento (5%) del premio que pudiera corresponder al infractor.
b) Entre quince (15) y treinta (30) minutos tarde con respecto a la hora fijada en la citaci�n, se aplicar� una multa equivalente al diez por ciento (10%) del premio que pudiera corresponder al infractor.
c) Mas de treinta (30) minutos tarde con relaci�n a la hora fijada en la citaci�n, se dispondr� la eliminaci�n autom�tica del infractor, del Concurso Oficial.
Previo a la aplicaci�n de la sanci�n se le otorgar� vista al conjunto respectivo, el que deber� evacuarla en las veinticuatro horas siguientes y en la que podr� justificar el retraso verificado.
La decisi�n del Jurado ser� apelable ante la Divisi�n Turismo y Recreaci�n y se presentar� dentro de las veinticuatro horas de emitida la decisi�n de aquel y decidida en plazo de tres d�as. Pasado dicho plazo se entender� rechazada la impugnaci�n.
Art�culo 33�
El Jurado podr� aplicar descuentos de puntaje en caso constatar retrasos sin justificaci�n fundadas en el inicio de la actuaci�n correspondiente. El Jurado admitir� un (1) minuto de tolerancia sobre los tiempos m�ximos de cada conjunto seg�n su categor�a a efectos de permitir el descenso del conjunto.
Art�culo 34�
La Divisi�n Turismo y Recreaci�n podr� aplicar sanciones econ�micas o el retiro del permiso de salida del conjunto o del alguno de sus componentes hasta por un a�o descuento de puntaje, cuando se profirieran injurias de hecho o de palabra contra alg�n miembro del Jurado o al cuerpo como tal durante el Concurso y en la entrega de premios y menciones.
La actuaci�n se sustanciar� de oficio y ser� decidida en forma inapelable en un plazo m�ximo de veinticuatro horas, previa vista al Director Responsable con plazo de veinticuatro horas.
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Art�culo 35�
El Jurado podr� aplicar descuentos de puntaje en caso de que se violen los tiempos de actuaci�n adjudicados a cada categor�a. La constataci�n fehaciente de parte del Presidente del Jurado se estampar� por acta y se aplicar� a raz�n de un punto por cada minuto o fracci�n en m�s o en menos. y podr� variar de 1 a 10 puntos como m�ximo.
Art�culo 36�
Los tiempos de actuaci�n ser�n controlados por el Presidente del Jurado y ser�n computados desde el momento en que el presentador culmine de anunciar al participante
Art�culo 37�
En la Categor�a Murga, aquellos conjuntos que se excedan del l�mite marcado por este Reglamento para el uso de instrumentos musicales ser�n sancionados con un descuento de un (1) punto por cada minuto o fracci�n. En la Categor�a Sociedad de Negros y Lubolos, la falta de alguno de los elementos y/o personajes que exige el presente Reglamento podr� ser sancionada con un descuento de tres (3) puntos por cada infracci�n que se constate.
Art�culo 38�
Cuando un conjunto al realizar su presentaci�n en el Concurso Oficial, utilice en las actuaciones m�s componentes que los permitidos por la categor�a o no llegue al m�nimo requerido por la misma, ser� sancionado con la p�rdida del 50% del premio que le correspondiera.
Art�culo 39�
En los casos en que apliquen sanciones que signifiquen descuentos en los puntajes adjudicados a las agrupaciones por sus actuaciones en los espect�culos del Concurso Oficial, se deber� dejar constancia de ellos en el Acta correspondiente, y ser�n inapelables. En todos los casos la aplicaci�n de las sanciones ser� fundada.
CAP�TULO VII - DEFINICI�N Y CARACTER�STICAS DE LAS CATEGOR�AS
Art�culo 40� - SOCIEDAD DE NEGROS Y LUBOLOS -
La Categor�a Sociedad de Negros y Lubolos constituye una recreaci�n en sus or�genes en la �poca colonial con sus trajes, cantos y bailes t�picos, pudiendo recrear los or�genes africanos y una evoluci�n natural y acompasada a la actualidad en vestimenta, coreograf�a, escenograf�a y tem�tica, sin perder la esencia conceptual de la categor�a.
Desde el punto de vista organol�gico debe desarrollarse bajo el signo predominante del tambor con nuestra caracter�stica e identidad propia. La esencia de una fuerte tradici�n y prosapia folcl�rica caracteriza el cl�sico y riqu�simo juego r�tmico del tamboril montevideano. Este ritmo trasmitido y heredado por generaciones se diferencia n�tidamente en el terreno musical de los membran�fonos brasile�os o antillanos. A los efectos podr� incorporar hasta cinco (5) m�sicos (fuera de los de percusi�n).
Los tambores podr�n utilizar tensores, pero queda expresamente prohibida la utilizaci�n de parches de "nylon" o similares. Las letras y las m�sicas interpretadas ser�n in�ditas, aut�ctonas, pudiendo trasmitir la evoluci�n necesaria, natural y acompasada en cuanto a las letras, m�sicas y a su entorno actual.
Se deja expresa constancia que los temas que participen, y eventualmente sean premiados y difundidos, en el marco del Concurso "Victor Soli�o" que oportunamente realizar� la Asociaci�n General de Autores del Uruguay (A.G.A.D.U.), ser�n considerados "in�ditos" y podr�n integrar los repertorios de los diferentes conjuntos que participan en esta categor�a.
El sentido expresivo, movimientos y gestos, el ritual y su disposici�n r�tmica, como asimismo toda su expresi�n coreogr�fica, deber�n tener un predominio natural con danzas colectivas de hombres y mujeres, pero fundamentalmente sin reconocerse en parejas.
Deber�n llevar como m�nimo: doce (12) tambores, cinco (5) bailarinas, una (1) vedette, un (1) escobero, un (1) gramillero, una (1) "mama vieja", cuatro (4) portabanderas, un (1) portaestandarte, dos (2) estrellas y una (1) medialuna. Deber�n integrarse al conjunto como m�ximo un (1) bailar�n como figura principal masculina, pudiendo adem�s, los miembros masculinos del conjunto danzar acompa�ando los cuadros que se representen, debiendo lucir todos los trajes cl�sicos, con su evoluci�n propia y natural en la Categor�a.
Se constituir�n con un m�nimo de cuarenta y cinco (45) y un m�ximo de sesenta (60) componentes y quince (15) suplentes, y sus actuaciones en el Concurso Oficial tendr�n una duraci�n m�nima de cuarenta y cinco (45) minutos y una m�xima de sesenta (60) minutos
Rubro 1 - Voces, Arreglos Corales y Musicalidad
Este Jurado calificar� bas�ndose en la definici�n general especificada para esta categor�a, donde primar�n los valores caracter�sticos que la conforman y destacan su esencia.
El puntaje a otorgarse en este rubro ser�:
Primera Rueda: entre uno (1) y quince (15) puntos en esta Primera Rueda.
Segunda Rueda: entre uno (1) y veinticinco (25) puntos en esta Segunda Rueda, y
entre uno (1) y seis (6) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Liguilla: entre uno (1) y treinta (30) puntos y entre uno (1) y nueve (9) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Rubro 2 - Alegr�a de Conjunto, Comicidad y Comunicaci�n
Este Jurado s�lo calificar� la comunicaci�n del conjunto.
El puntaje a otorgarse en este rubro ser�:
Primera Rueda: entre uno (1) y quince (15) puntos en esta Primera Rueda.
Segunda Rueda: entre uno (1) y veinticinco (25) puntos en esta Segunda Rueda y entre uno (1) y seis (6) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Liguilla: entre uno (1) y treinta (30) puntos y entre uno (1) y nueve (9) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Rubro 3 - Textos e Interpretaci�n
El puntaje a otorgarse en este rubro ser�:
Primera Rueda: entre uno (1) y quince (15) puntos en esta Primera Rueda.
Segunda Rueda: entre uno (1) y veinticinco (25) puntos en esta Segunda Rueda y entre uno (1) y seis (6) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Liguilla: entre uno (1) y treinta (30) puntos y entre uno (1) y nueve (9) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Rubro 4 - Movimiento Esc�nico, Coreograf�a, Bailes y Puesta en Escena
Para calificar en este rubro el Jurado tendr� en cuenta todo lo destacado en la definici�n general sobre este tema.
El puntaje a otorgarse en este rubro ser�:
Primera Rueda: entre uno (1) y quince (15) puntos en esta Primera Rueda.
Segunda Rueda: entre uno (1) y veinticinco (25) puntos en esta Segunda Rueda y entre uno (1) y seis (6) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Liguilla: entre uno (1) y treinta (30) puntos y entre uno (1) y nueve (9) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Rubro 5 - Vestuario, Maquillaje y Escenograf�a
El puntaje a otorgarse en este rubro ser�:
Primera Rueda: entre uno (1) y quince (15) puntos en esta Primera Rueda.
Segunda Rueda: entre uno (1) y veinte (20) puntos en esta Segunda Rueda y entre uno (1) y seis (6) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Liguilla: entre uno (1) y veinticinco (25) puntos y entre uno (1) y nueve (9) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Art�culo 41� - REVISTA
- La Categor�a Revista debe constituir una expresi�n art�stica integral, de libre creaci�n, conceptualmente imaginativa, tendiente a la diversi�n. Sin perjuicio de su caracter�stica de libre creaci�n, se entiende que una Revista prioriza la alegr�a, su m�sica y su baile como as� tambi�n el destaque de la figura femenina.
Podr�n utilizarse m�sicas grabadas siempre que estas contribuyan a enriquecer la ejecuci�n en vivo.
Armonizar� coreograf�a, vestimenta, baile, m�sica, orquestaciones, canciones y parlamentos con marcada alegr�a, en una sucesi�n de cuadros enlazados que eviten la interrupci�n del espect�culo, dot�ndolo de continuidad y dinamismo. Estos cuadros alternar�n lo art�stico con lo divertido dentro de un clima alegre y colorido, as� como una fina t�cnica revisteril.
Las letras ser�n in�ditas. Las melod�as musicales podr�n ser in�ditas. Se deja expresa constancia que los temas que participen, y eventualmente sean premiados y difundidos, en el marco del Concurso "Victor Soli�o" que oportunamente organiza la Asociaci�n General de Autores del Uruguay (A.G.A.D.U.) ser�n considerados in�ditos y podr�n integrar los repertorios de los diferentes conjuntos que participan en esta categor�a.
El cuerpo de baile estar� integrado por bailarines de ambos sexos y no ser� obligatorio el cambio de vestimenta para los integrantes de los coros.
Los conjuntos deber�n contar con un m�nimo de dieciocho (18) y un m�ximo de veintiocho (28) componentes, y su actuaci�n en los espect�culos del Concurso Oficial, tendr�n una duraci�n m�nima de cuarenta y cinco (45) minutos y un m�ximo de sesenta (60) minutos.
Rubro 1 - Voces, Arreglos Corales y Musicalidad
Se hace constancia que en esta categor�a, el Jurado deber� tener en cuenta, en su evaluaci�n para dar el puntaje correspondiente, los arreglos orquestales.
El puntaje a otorgarse en este rubro ser�:
Primera Rueda: entre uno (1) y quince (15) puntos en esta Primera Rueda.
Segunda Rueda: entre uno (1) y veinticinco (25) puntos en esta Segunda Rueda y entre uno (1) y seis (6) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Liguilla: entre uno (1) y treinta (30) puntos y entre uno (1) y nueve (9) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Rubro 2 - Alegr�a de Conjunto, Comicidad y Comunicaci�n
El puntaje a otorgarse en este rubro ser�:
Primera Rueda: entre uno (1) y quince (15) puntos en esta Primera Rueda.
Segunda Rueda: entre uno (1) y veinticinco (25) puntos en esta Segunda Rueda y entre uno (1) y seis (6) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Liguilla: entre uno (1) y treinta (30) puntos y entre uno (1) y nueve (9) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Rubro 3 - Textos e Interpretaci�n
El puntaje a otorgarse en este rubro ser�:
Primera Rueda: entre uno (1) y quince (15) puntos en esta Primera Rueda.
Segunda Rueda: entre uno (1) y veinticinco (25) puntos en esta Segunda Rueda y entre uno (1) y seis (6) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Liguilla: entre uno (1) y treinta (30) puntos y entre uno (1) y nueve (9) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Rubro 4 - Movimiento Esc�nico, Coreograf�a, Bailes y Puesta en Escena
El puntaje a otorgarse en este rubro ser�:
Primera Rueda: entre uno (1) y quince (15) puntos en esta Primera Rueda.
Segunda Rueda: entre uno (1) y veinticinco (25) puntos en esta Segunda Rueda y entre uno (1) y seis (6) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Liguilla: entre uno (1) y treinta (30) puntos y entre uno (1) y nueve (9) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Rubro 5 - Vestuario, Maquillaje y Escenograf�a
El puntaje a otorgarse en este rubro ser�:
Primera Rueda: entre uno (1) y quince (15) puntos en esta Primera Rueda.
Segunda Rueda: entre uno (1) y veinte (20) puntos en esta Segunda Rueda y entre uno (1) y seis (6) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Liguilla: entre uno (1) y veinticinco (25) puntos y entre uno (1) y nueve (9) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Art�culo 42� - PARODISTAS
- Esta categor�a deber� parodiar el argumento de obras, o historias de hechos y/o personajes de p�blico y notorio conocimiento, en una imitaci�n burlesca realizada en tono jocoso, pudiendo en determinados pasajes del espect�culo tener matices dram�ticos, seg�n la propuesta de cada conjunto.
Para desarrollar su espect�culo, cada conjunto de Parodistas deber�:
- Cantar
- Realizar Bailes y Coreograf�as
- Usar Vestuario
- Utilizar Maquillaje
- Hacer una o varias parodias dentro del mismo
Los cuadros de presentaci�n y despedida ser�n optativos de cada conjunto y en caso de realizarse podr�n ser o no parodias.
Los conjuntos deber�n contar con un m�nimo de quince (15) y un m�ximo de veinte (20) integrantes, y sus actuaciones en el Concurso Oficial, tendr�n una duraci�n m�nima de cincuenta y cinco (55) minutos y un m�ximo de setenta (70) minutos.
Para otorgar el puntaje en los siguientes rubros, se tendr� en cuenta siempre el sentido carnavalesco entendi�ndose por tal, la expresi�n extra�da del ingenio popular, de la espontaneidad y de lo amateur.
Rubro 1 - Voces, Arreglos Corales y Musicalidad
Para otorgar el puntaje en este rubro se deber� tener en cuenta:
� En lo que respecta a voces - rendimiento, claridad y afinaci�n del coro ejecutante, as� como de las voces solistas; prevaleciendo conceptualmente el trabajo colectivo, por sobre las interpretaciones individuales.
� En lo que refiere a los arreglos corales - deber� primar la creatividad de los mismos, como as� tambi�n la variedad de arreglos realizados por el coro.
� En lo relativo a la musicalidad - se tendr� en cuenta todo el entorno musical que rodea al espect�culo conformado por la cantidad y variedad de sus m�sicas, junto a los matices, ritmos y climas acorde con el espect�culo planteado.
Los conjuntos podr�n utilizar m�sica en vivo o pistas grabadas, no otorg�ndose puntaje en ninguna de las dos opciones, a la ejecuci�n de las mismas. En caso de utilizaci�n de pistas grabadas, no podr�n incluirse en ellas voces humanas.
El puntaje a otorgarse en este rubro ser�:
Primera Rueda: entre uno (1) y quince (15) puntos en esta Primera Rueda.
Segunda Rueda: entre uno (1) y veinticinco (25) puntos en esta Segunda Rueda y entre uno (1) y seis (6) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Liguilla: entre uno (1) y treinta (30) puntos y entre uno (1) y nueve (9) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Rubro 2 - Alegr�a de Conjunto, Comicidad y Comunicaci�n
Para otorgar el puntaje en este rubro se tendr� en cuenta: la simpat�a, lo burlesco, la jocosidad, la convocatoria a la risa y a la sonrisa trasmitidos en forma individual o colectiva, as� como la respuesta del p�blico a lo trasmitido colectivamente por el conjunto, ya sea por medio de risas, aplausos o silencios.
El puntaje a otorgarse en este rubro ser�:
Primera Rueda: entre uno (1) y quince (15) puntos en esta Primera Rueda.
Segunda Rueda: entre uno (1) y veinticinco (25) puntos en esta Segunda Rueda y entre uno (1) y seis (6) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Liguilla: entre uno (1) y treinta (30) puntos y entre uno (1) y nueve (9) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Rubro 3 - Textos e Interpretaci�n
Para otorgar el puntaje en textos, se deber� tener en cuenta:
La creatividad, originalidad y el ingenio para transcribir en los parlamentos, el argumento de la obra o historia del hecho o personaje parodiado.
La obra, hecho o personaje parodiado, podr� ser del total o de fragmentos del argumento o pasajes del mismo, debiendo �l o los autores especificar en cada caso, los momentos escogidos.
Deber� prevalecer en todos los casos la sutileza, la picard�a, y el doble sentido por sobre lo grosero y lo soez y la calidad interpretativa grupal donde los destaques individuales est�n al servicio del espect�culo.
En todos los casos se tendr� en cuenta al otorgar el puntaje, el texto realizado en el momento de concursar.
El puntaje a otorgarse en este rubro ser�:
Primera Rueda: entre uno (1) y quince (15) puntos en esta Primera Rueda.
Segunda Rueda: entre uno (1) y veinticinco (25) puntos en esta Segunda Rueda y entre uno (1) y seis (6) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Liguilla: entre uno (1) y treinta (30) puntos y entre uno (1) y nueve (9) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Rubro 4 - Movimiento Esc�nico, Coreograf�a, Bailes y Puesta en Escena
Para otorgar el puntaje en este rubro se tendr� en cuenta:
La prolijidad, sincronizaci�n y est�tica de los movimientos, siendo v�lidos todos los estilos. Siempre prevalecer� el trabajo grupal sobre la perfecci�n t�cnica que puedan mostrar algunas individualidades.
En Puesta en Escena - la creatividad, originalidad, pl�stica y la escenificaci�n grupal o individual prevaleciendo el sentido colectivo.
El puntaje a otorgarse en este rubro ser�:
Primera Rueda: entre uno (1) y quince (15) puntos en esta Primera Rueda.
Segunda Rueda: entre uno (1) y veinticinco (25) puntos en esta Segunda Rueda y entre uno (1) y seis (6) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Liguilla: entre uno (1) y treinta (30) puntos y entre uno (1) y nueve (9) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Rubro 5 - Vestuario, Maquillaje y Escenograf�a
Para otorgar el puntaje en este rubro se tendr� en cuenta:
En vestuario la creatividad y el ingenio que prevalecer�n por sobre la ostentaci�n y donde siempre deber� mantenerse el brillo y el colorido del Carnaval, debiendo el mismo estar acorde con el espect�culo.
En maquillaje se tendr� en cuenta el trabajo artesanal, los colores y la coherencia conceptual, con el vestuario utilizado.
Ser� optativo de los conjuntos el uso de escenograf�a, no teni�ndose en cuenta en la evaluaci�n para el puntaje respectivo.
El puntaje a otorgarse en este rubro ser�:
Primera Rueda: entre uno (1) y quince (15) puntos en esta Primera Rueda.
Segunda Rueda: entre uno (1) y veinte (20) puntos en esta Segunda Rueda y entre uno (1) y seis (6) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Liguilla: entre uno (1) y veinticinco (25) puntos y entre uno (1) y nueve (9) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Art�culo 43� - HUMORISTAS
- Esta categor�a se basar� en la libre comicidad de escena, situaciones o personajes, no pudiendo basarse en argumentos de una obra literal, hecho o suceso real.
Podr� utilizarse una creaci�n jocosa �nica o plantearse varios cuadros con peque�os intervalos muy �giles enmarcados siempre en una faz c�mica.
Los conjuntos que concursen en esta categor�a deber�n ajustarse tambi�n a los siguientes aspectos reglamentarios:
El tiempo de actuaci�n se establecer� entre un m�nimo de cincuenta (50) minutos y un m�ximo de sesenta (60) minutos.
Los conjuntos estar�n integrados con un m�nimo de doce (12) y un m�ximo de diecis�is (16) componentes, pudiendo registrar un n�mero ilimitado de componentes suplentes.
En cuanto al acompa�amiento musical, (como ya ser� especificado en el rubro correspondiente), podr� ser orquestal o con pistas secuenciadas no teni�ndose en cuenta en ninguno de los casos para estimar el valor del puntaje que ser� otorgado. En caso de utilizarse pistas grabadas, no podr�n incluirse en ellas voces humanas.
Rubro 1 - Voces, Arreglos Corales y Musicalidad
Para otorgar el puntaje en este rubro se deber� tener en cuenta:
- En lo que respecta a voces - rendimiento, claridad y afinaci�n del coro ejecutante, as� como de las voces solistas; prevaleciendo conceptualmente el trabajo colectivo, por sobre las interpretaciones individuales.
� En lo que refiere a los arreglos corales - deber� primar la creatividad de los mismos, como as� tambi�n la variedad de arreglos realizados por el coro.
� En lo relativo a la musicalidad - se tendr� en cuenta todo el entorno musical que rodea al espect�culo conformado por la variedad de sus m�sicas, junto a los matices, ritmos y climas acordes con el espect�culo planteado.
Como ya se especificara en la definici�n general de la categor�a, los conjuntos participantes podr�n utilizar m�sica en vivo o pistas grabadas, no otorg�ndose puntaje en ninguna de las dos opciones, a la ejecuci�n de las mismas.
Cabe reiterar que en el caso de utilizaci�n de pistas grabadas, no podr�n incluirse en ellas voces humanas.
El puntaje a otorgarse en este rubro ser�:
Primera Rueda: entre uno (1) y diez (10) puntos en esta Primera Rueda.
Segunda Rueda: entre uno (1) y quince (15) puntos en esta Segunda Rueda y entre uno (1) y seis (6) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Liguilla: entre uno (1) y treinta (30) puntos y entre uno (1) y nueve (9) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Rubro 2 - Alegr�a de Conjunto, Comicidad y Comunicaci�n
Se considera que este rubro es el que tiene mayor incidencia en el puntaje de esta categor�a, donde se entender� el dinamismo, la simpat�a, la apuesta al humor y la convocatoria a la risa y a la sonrisa planteada en los espect�culos de los diferentes conjuntos, as� como la respuesta del p�blico a estas propuestas.
El puntaje a otorgarse en este rubro ser�:
Primera Rueda: entre uno (1) y quince (15) puntos en esta Primera Rueda.
Segunda Rueda: entre uno (1) y veinticinco (25) puntos en esta Segunda Rueda y entre uno (1) y seis (6) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Liguilla: entre uno (1) y treinta (30) puntos y entre uno (1) y nueve (9) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Rubro 3 - Textos e Interpretaci�n
Este rubro propone tener en cuenta dos partes fundamentales que son - el elemento literario y el elemento c�mico - teniendo que prevalecer este �ltimo (comicidad) en el concepto final para aplicar el puntaje y donde primar� tambi�n la sutileza, la picard�a y el doble sentido por sobre lo grosero y lo soez.
En materia de interpretaci�n se tendr� en cuenta la calidad interpretativa, evalu�ndose tanto los valores grupales, como los individuales.
El puntaje a otorgarse en este rubro ser�:
Primera Rueda: entre uno (1) y quince (15) puntos en esta Primera Rueda.
Segunda Rueda: entre uno (1) y veinticinco (25) puntos en esta Segunda Rueda y entre uno (1) y seis (6) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Liguilla: entre uno (1) y treinta (30) puntos y entre uno (1) y nueve (9) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Rubro 4 - Movimiento Esc�nico, Coreograf�a, Bailes y Puesta en Escena
Este Jurado calificar� teniendo en cuenta los bailes en conjuntos y los movimientos coreogr�ficos grupales homog�neos, donde ser�n v�lidos todos los estilos utilizados, en base a la creatividad y originalidad. Todo ello puesto al servicio del espect�culo. Se tendr� en cuenta la calidad interpretativa donde se evaluar�n tanto los valores grupales como los individuales.
El puntaje a otorgarse en este rubro ser�:
Primera Rueda: entre uno (1) y quince (15) puntos en esta Primera Rueda
Segunda Rueda: entre uno (1) y veinte (20) puntos en esta Segunda Rueda y entre uno (1) y seis (6) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Liguilla: entre uno (1) y veinticinco (25) puntos y entre uno (1) y nueve (9) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Rubro 5 - Vestuario, Maquillaje y Escenograf�a
En este rubro no deber� prevalecer necesariamente el lujo, y tanto la vestimenta como el maquillaje y la escenograf�a deber�n estar acordes con el espect�culo planteado.
El puntaje a otorgarse en este rubro ser�:
Primera Rueda: entre uno (1) y diez (10) puntos en esta Primera Rueda
Segunda Rueda: entre uno (1) y diez (10) puntos en esta Segunda Rueda y entre uno (1) y seis (6) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Liguilla: entre uno (1) y quince (15) puntos y entre uno (1) y nueve (9) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Art�culo 44� - MURGAS
- Definici�n General - La categor�a Murgas es conceptualmente un natural medio de comunicaci�n, transmite la canci�n del barrio, recoge la poes�a de la calle, canta los pensamientos del asfalto. Es una forma expresiva que trasunta el lenguaje popular, con la veta de rebeld�a y romanticismo.
La Murga, esencia del sentir ciudadano, conforma una verdadera auto-caricatura de la sociedad, por donde desfilan identificados y reconocidos, los acontecimientos salientes de la misma, lo que la gente ve, oye y dice, tomados en chanza y en su aspecto ins�lito, jocoso y sin concesiones y si la situaci�n lo requiriera, mostrar� la dureza conceptual de su cr�tica, que es su verdadera esencia.
El contexto del libreto, as� como la cr�tica social, tendr�n un n�tido sentido del ingenio, picard�a y autenticidad. La veta de protesta punzante, ir�nica, aguda, mordaz, inteligente y comunicativa, es la estructura y la esencia de la Murga.
El panfleto pol�tico o demagogia, como elementos integrantes de la misma, le retacean creatividad y la despojan de la natural y espont�nea autenticidad popular.
La m�stica de la Murga se mantiene en la medida de una natural autenticidad del libreto, que trasmite y logra crear una corriente fluida de comunicaci�n con su auditorio, integr�ndolo y haci�ndolo participar espiritualmente de sus canciones y hechos.
Distingue a la Murga la m�mica, la pantomima, la vivacidad, el movimiento, el contraste, la informalidad esc�nica y lo grotesco. La sincronizaci�n de movimientos se conceptuar� v�lida si �sta diera brillantez al espect�culo y no atentara contra la idiosincrasia de la Murga.
La s�tira como diferentes situaciones creadas en la Murga, pasan a trav�s de todas las categor�as, ya que esta, en su creatividad permanente, parodia situaciones o personajes y realiza humoradas, a trav�s de su libre inventiva.
Sus textos estar�n apoyados por m�sicas popularmente conocidas o in�ditas, teniendo la posibilidad de realizar su propia m�sica, si as� lo quisiera.
La inercia, inacci�n y en definitiva quietismo, ser�n factores de empobrecimiento general del espect�culo.
La pintura o maquillaje del rostro es fundamental para contribuir al complemento del vestuario el que a su vez, con su originalidad mantendr� viva su verdadera identidad.
La Murga deber� presentar originalidad y colorido, destac�ndose por la representaci�n de personajes llamativos, sus dichos, modismos y situaciones. En suma aut�ntica chispa popular, a trav�s de las cosas vividas.
Podr�n utilizarse todo tipo de instrumentos de percusi�n que den un respaldo r�tmico a los tradicionales bombo, platillo y redoblante sin limitaci�n de tiempo. La guitarra tendr� un m�ximo de quince (15) minutos. Otro tipo de instrumentos musicales (cuerdas, vientos, teclados, etc.), s�lo podr�n utilizarse en un m�ximo de diez (10) minutos del total de la duraci�n del espect�culo.
La Murga podr� entrar en pleno en escena, siendo muy importante el papel del Director que encabezar� la movilidad contribuyendo al contagio de sus compa�eros.
La canci�n de retirada trasmitir� el tradicional mensaje evocativo, rom�ntico, comunicativo y/o ejemplarizante, o se podr� referir, en sentidos homenajes a hombres y hechos que hayan sido de trascendencia hist�rica o popular, cuya relevancia podr� estar situada en los diferentes �mbitos de la historia que ha hecho perdurar a esta expresi�n carnavalesca indefinidamente en el tiempo.
La escenograf�a ser� optativa estableci�ndose que la misma no calificar� en los puntajes del Concurso Oficial.
Estos conjuntos est�n compuestos con un m�nimo de catorce (14) y un m�ximo de diecisiete (17) integrantes, y las actuaciones en el Concurso Oficial tendr�n una duraci�n m�nima de treinta y cinco (35) y una m�xima de cuarenta y cinco (45) minutos.
Rubro 1 - Voces, Arreglos Corales y Musicalidad
Para otorgar el puntaje en este rubro se deber� tener en cuenta:
� En lo que respecta a voces - rendimiento y afinaci�n del coro ejecutante, as� como de las voces solistas junto a la vocalizaci�n que brinda la calidad necesaria para que lo expresado por los solistas o el coro sea entendible.
� En lo que refiere a los arreglos corales - la creatividad y variedad de los mismos, as� como la armon�a utilizada en estos, en relaci�n a los diferentes estilos de las propuestas.
� En lo relativo a la musicalidad - esta se relaciona directamente con todo el entorno musical que hace al espect�culo de esta categor�a, donde intervienen los matices, ritmos y climas logrados a favor del nivel de calidad que este espect�culo desarrolla.
El puntaje a otorgarse en este rubro ser�:
Primera Rueda: entre uno (1) y quince (15) puntos en esta Primera Rueda.
Segunda Rueda: entre uno (1) y veinticinco (25) puntos en esta Segunda Rueda, y
entre uno (1) y seis (6) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Liguilla: entre uno (1) y treinta (30) puntos y entre uno (1) y nueve (9) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Rubro 2 - Alegr�a de Conjunto, Comicidad y Comunicaci�n
Para otorgar puntaje en este rubro se deber� tener en cuenta el dinamismo, la alegr�a y las diferentes actitudes asumidas por el grupo o las figuras individuales que generen ese clima carnavalero y de jocosidad dentro del cual se desarrolla el espect�culo, as� como la respuesta del p�blico a las diferentes expresiones o mensajes que el conjunto desea trasmitir.
El puntaje a otorgarse en este rubro ser�:
Primera Rueda: entre uno (1) y doce (12) puntos en esta Primera Rueda.
Segunda Rueda: entre uno (1) y veinte (20) puntos en esta Segunda Rueda y entre uno (1) y seis (6) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Liguilla: entre uno (1) y veinticinco (25) puntos y entre uno (1) y nueve (9) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Rubro 3 - Textos e Interpretaci�n
Para otorgar puntaje en este rubro, se considerar� punto significativo el valor literario, la originalidad, creatividad, ingenio, sutileza y homogeneidad de la propuesta presentada.
En lo que respecta a su contenido y armado, este podr� establecerse, ya sea dentro del esquema cl�sico de presentaci�n, medio y retirada, o dentro de un planteamiento de espect�culo global que mantenga las caracter�sticas esenciales especificadas en la definici�n general de esta categor�a.
Sus libretos deber�n contener esa particular esencia murguera donde se destacan las cr�ticas de actualidad , la s�tira y la jocosidad. Descartando los textos groseros y el panfleto pol�tico partidario.
Los di�logos y parlamentos intermedios deber�n ser nexo entre las partes cantadas y su duraci�n en el total del espect�culo deber� ser notoriamente inferior a la parte cantada. Se deber� tener en cuenta la calidad art�stica grupal donde los destaques individuales est�n al servicio del espect�culo.
El puntaje a otorgarse en este rubro ser�:
Primero Rueda: entre uno (1) y quince (15) puntos en esta Primera Rueda
Segunda Rueda: entre uno (1) y veinticinco (25) puntos en esta Segunda Rueda y entre uno (1) y seis (6) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Liguilla: entre uno (1) y treinta (30) puntos y entre uno (1) y nueve (9) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Rubro 4 - Movimiento Esc�nico, Coreograf�a, Bailes y Puesta en Escena
Para evaluar y otorgar puntaje en este rubro en el espect�culo presentado, deber� respetarse y conservarse el libre movimiento murguero, ampar�ndose en coreograf�as y movimientos variados siempre que los mismos se encuentren en exclusivo servicio del texto interpretado o la situaci�n generada.
Se tendr� en cuenta que los ademanes y gestos utilizados en la puesta en escena no sean groseros, agrediendo a la moral y al buen gusto; de ser as� ir� en desmedro del puntaje final que se aplicar�.
El puntaje a otorgarse en este rubro ser�:
Primera Rueda: entre uno (1) y doce (12) puntos en esta Primera Rueda
Segunda Rueda: entre uno (1) y veinte (20) puntos en esta Segunda Rueda y entre uno (1) y seis (6) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Liguilla: entre uno (1) y veinticinco (25) puntos y entre uno (1) y nueve (9) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Rubro 5 - Vestuario, Maquillaje y Escenograf�a
Para otorgar el puntaje en este rubro se deber� tener en cuenta - en vestuario - la originalidad, ingenio creativo, confecci�n y prolijidad. Se considerar� que el vestuario utilizado mantenga relaci�n con el argumento del espect�culo realizado.
El vestuario a lucir por el Director esc�nico deber� estar notoriamente diferenciado del resto.
En maquillaje se tomar� en cuenta los rostros totalmente pintados, valor�ndose especialmente su elaboraci�n, ingenio y colorido en armon�a total con el vestuario.
El puntaje a otorgarse en este rubro ser�:
Primera Rueda: entre uno (1) y diez (10) puntos en esta Primera Rueda
Segunda Rueda: entre uno (1) y quince (15) puntos en esta Segunda Rueda y entre uno (1) y seis (6) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Liguilla: entre uno (1) y veinte (20) puntos y entre uno (1) y nueve (9) puntos en Visi�n Global del Espect�culo.
Art�culo 45�
Se conformar� un Tribunal Honorario de Apelaciones en las situaciones que as� lo requieran. El mismo estar� integrado por un representante de la Intendencia Municipal de Montevideo, que lo presidir�; un representante de D.A.E.C.P.U.; y un tercer miembro elegido de com�n acuerdo entre la Intendencia Municipal de Montevideo y D.A.E.C.P.U.
Art�culo 46�
Todos los casos y situaciones no previstas en este Reglamento ser�n resueltas por la Divisi�n Turismo y Recreaci�n y el Departamento de Cultura de la Intendencia Municipal de Montevideo, en acuerdo con D.A.E.C.P.U.
Montevideo, enero del 2003.-