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Ciudades

Cuando surge la segunda oportunidad

Crimen y castigo. Dos juezas en Tacuarembó aplican las penas sustitutivas en forma sistemática y cuentan la experiencia El trabajo para la comunidad cambia la percepción sobre el procesado

TACUAREMBÓ | JOSÉ ESTEVES

Una segunda oportunidad. Es una modalidad que se viene implementando en la Justicia en Tacuarembó. En las últimas semanas han ocurrido varios procesamientos sin prisión por diferentes delitos, pero con medidas sustitutivas a la prisión.

La jueza Penal de Primer Turno de la ciudad de Tacuarembó, Virginia Ginares, explicó a El País que en muchos casos los procesamientos han sido impuestos sobre personas carentes de antecedentes penales y que demuestran "arrepentimiento". Sin embargo, destacó que quienes deban ir a prisión, lo harán.

"La decisión no es solamente mía, sino que está la solicitud del Ministerio Público, que es la Fiscalía. A veces -según la situación- se tienen en cuenta los límites que nos impone la ley, las características del delito y de la persona que es indagada y en función de eso se trata de ver que ese procesamiento no sea solo un papel, sino que tiene que ser disuasivo de repetir esa conducta", dijo a El País la jueza Virginia Ginares.

La magistrada destacó que con las medidas se busca un "aprendizaje" en la persona que cometió un delito para que no lo reitere. De hacerlo, automáticamente el segundo procesamiento es con prisión.

"Nosotros buscamos que el procesamiento sea un aprendizaje, aspiramos a que esa persona no repita la conducta y entonces, en los casos de los delincuentes primarios -el que por ejemplo robó una bicicleta en una zona rural- se puede tomar esa medida porque el impacto en esa comunidad es distinto", dijo Ginares.

EN LA PRÁCTICA. Por ejemplo, el ladrón de una garrafa y una silla de bebé en la ciudad de Tacuarembó fue procesado sin prisión y, para cumplir su pena, deberá trabajar durante 90 días en la Intendencia, barriendo las calles.

La jueza resaltó que "muchas veces hay personas que piden esa oportunidad de pagar el delito y en esos casos es vital la postura de la fiscalía".

"Por suerte acá en Tacuarembó tenemos dos fiscales que son vanguardistas, son mujeres con mucho criterio", manifestó la magistrada al referirse a las fiscales Renée Primiceli y Silvia Méndez.

Junto a la Fiscalía, Ginares analiza qué delitos ameritan un procesamiento sin prisión y para ello dependerá considerablemente de las características y postura del acusado.

"Nosotros vemos delitos que ameritan procesamiento, pero las características de ser un delincuente primario, o el hecho de que tiene trabajo o familia que depende de él, o que el delito se explica por el abuso de consumo de alcohol, entonces dentro de esa variable de cuestiones humanas que se presentan nosotros elegimos una que conduzca a algo y por eso se les impone trabajo comunitario o asistencia a Alcohólicos Anónimos", indicó.

Con la resolución judicial la fiscalía y juez buscan que algunas personas que cometieron un error y que previo a eso no tenían legajo judicial, tengan una segunda oportunidad. Pero para ello deberán cumplir primariamente con las medidas impuestas.

"Está bueno que se acerquen a una institución no gubernamental que protege al alcohólico porque les da una herramienta para su vida, y eso se lo va a llevar la persona más allá de su pasaje por un expediente judicial", resaltó.

LOS CRITERIOS. Ginares explicó a El País que en algunos casos determinó que el procesado cumpla su pena trabajando para la comunidad porque sostiene que "es una manera de devolver o de restañar el daño frente a la sociedad y como esas medidas deben cumplirse en la localidad en la cual viven, también sobre esa persona cambia la visión que tienen los vecinos sobre él".

"De haberlo visto que se fue detenido por el robo de una garrafa, ahora lo ven trabajando en la escuela y, sin muchas pretensiones, se busca reformular los vínculos sociales y recuperarlo como vecino", puntualizó.

Si bien las determinaciones judiciales han llamado la atención a la ciudadanía en los últimos días, la jueza penal Virginia Ginares dijo a El País que desde que asumió hace tres años en el Juzgado viene implementado ese tipo de medidas.

"En general desde que estoy en Tacuarembó vengo implementando estas medidas, no siempre se procesa sin prisión porque el sistema no lo permite", manifestó.

Consultada sobre si el hacinamiento carcelario incide en sus últimas determinaciones con procesados sin prisión, la magistrado fue concisa al explicar que "si hay que tomar la decisión que el procesamiento sea con prisión porque el delito o las circunstancias lo amerita, que haya hacinamiento en la cárcel no puede hacer variar la decisión, pero si el delincuente es primario, el delito no amerita prisión, es mejor evitar el hacinamiento carcelario y evitar así también que se contamine de los códigos carcelarios", explicó la magistrada.

De momento, tanto la experiencia de esta jueza en la capital departamental, como la de la otra letrada en Paso de los Toros se ha demostrado como altamente positiva.

Un accidente fatal, una disputa familiar, una riña callejera: algunos casos más recientes

TACUAREMBÓ | J. E.

En las últimas semanas han sido varios los casos que han ameritado según la magistrado el procesamiento sin prisión de los responsables. Uno de ellos fue el procesamiento sin prisión de E.M.M por un delito de homicidio culposo.

El 31 de marzo conducía alcoholizado y fue el responsable en un accidente de tránsito fatal a la altura del kilómetro 352 de la Ruta 26, cerca de Las Toscas de Caraguatá.

El procesado embistió con su motocicleta al ciclista Quirino Mezquita Dos Santos (57) provocándole la muerte. La magistrada decidió la semana pasada su procesamiento sin prisión y con medidas sustitutivas a la privación de libertad. El procesado tiene prohibido conducir cualquier clase de vehículo por el plazo de un año, y deberá cumplir tareas comunitarias en su localidad durante seis meses con una carga horaria de 12 horas semanales. "En el caso de los accidentes de tránsito en su mayoría se disponen medidas sustitutivas. Hay casos en los que no, esto es a criterio de este juzgado. No quiere decir que en otros departamentos pase otra cosa, porque cada juez tiene independencia técnica", dijo Ginares.

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En un episodio de mayor violencia, el padrastro de un menor de edad que apuñaló a otro individuo en el centro de la ciudad de Tacuarembó fue procesado sin prisión por un delito de omisión a los deberes inherentes a la Patria Potestad. "En el caso del apuñalado, a la persona que se le impone las medidas sustitutivas no es el causante de la lesión, es decir el adolescente que fue el causante está internado en el INAU en Montevideo y el otro es un padre omiso y fue procesado porque en lugar de estar controlando a sus hijos estaba poniéndolos en situación de riesgo", adujo la jueza.

"Su conducta por sí misma no era la de un buen padre y por eso se le impuso las medidas sustitutivas de cumplir con presencia en Alcohólicos Anónimos y arresto nocturno", explicó la jueza Ginares.

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En otro caso de similares características, la magistrada optó por una medida similar pero que afectó directamente al infraccionario. H.F.E.M de 19 años de edad apuñaló a D.A.O.T de 18 años de edad en un incidente callejero. El lesionado fue internado en el hospital local con riesgo de vida a raíz de la herida sufrida. Detenido por la Policía el agresor fue sometido a la Justicia, que determinó su procesamiento sin prisión por un delito de lesiones graves, imponiéndosele como medidas sustitutivas a la prisión la asistencia a Alcohólicos Anónimos, durante tres meses, arresto domiciliario nocturno de 22 a 6 por 120 días y la prohibición de acercarse al lesionado mientras dure el proceso.

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El miércoles pasado otro caso parecido se registró en la capital departamental y la determinación de la Justicia fue prácticamente la misma. Un hombre de 28 años de edad fue procesado sin prisión por un delito de lesiones personales. El sujeto -junto a otros cinco individuos- protagonizó una agresión verbal y física contra tres menores en las inmediaciones de la plaza Cristóbal Colón.

El 2 de octubre a la hora 9:15, personal de la Seccional Primera recibió la denuncia por agresiones por parte de un menor de edad, que dijo haber sido atacado en forma verbal y física en reiteradas oportunidades por cinco hombres que circulaban en una camioneta.

En base a esta denuncia, la Policía detuvo a tres individuos, uno de ellos menor de edad. La Justicia decretó el procesamiento sin prisión de O. G. CH., de 28 años, por el delito de lesiones personales, imponiéndole como medida el arresto domiciliario desde las 22 a las 6 de la mañana por 60 días, su concurrencia a Alcohólicos Anónimos y la prohibición de acercarse a la víctima. Los restantes detenidos recobraron su libertad.

El País Digital
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    No salgas a la calle
    sin saber de qué se habla...